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RESPUESTA A INQUIETUD: ¿QUIÉN DEBE LLENAR EL CENSO DE MEDICINAS DE TRATAMIENTOS CRÓNICOS?

Noticia ASOJUBCV 27-11-2020

Atención Estimado(a) Asociado(a), A propósito de ciertas consultas realizadas por algunos asociados nos permitimos aclarar que el censo debe ser llenado por aquellas personas

que presentan enfermedades de larga duración o crónicas, con afecciones que tengan una duración mayor de seis (6) meses, por lo que requiere la prescripción de medicamentos bajo tratamiento permanente.


Entre las enfermedades crónicas podemos mencionar hipertensión, diabetes, asma, Alzheimer, Mal de Parkinson, enfermedad obstructiva pulmonar crónica EPOC, artritis, osteoporosis, glaucoma, várices o trombosis venosa, etc.


En el censo solo debe incluir aquellos medicamentos directamente relacionados con la patología existente. NO INCLUIR VITAMINAS ni medicamentos temporales.

 

Atentamente,

 

Junta Directiva

 

Asociación de Jubilados

Banco Central de Venezuela